⚠️ Si ya has recibido la carta de despido, tienes 20 días hábiles para actuar. El plazo es de caducidad — no esperes. Consulta ahora →

Para trabajadores

Tu empresa aplica un ERE o ERTE.

No todas las medidas de regulación de empleo son legales. No todas las indemnizaciones que te ofrecen son correctas. Tienes derechos concretos y plazos que no puedes dejar pasar.

Tus derechos

Lo que tienes derecho a exigir y reclamar

Muchos trabajadores aceptan las condiciones que la empresa les ofrece porque nadie les ha explicado que pueden hacer mucho más. Antes de firmar nada, conoce exactamente qué derechos tienes.

Impugnar la legalidad del ERE

Aunque el sindicato haya firmado el acuerdo, tú puedes impugnar tu extinción individual si los criterios de selección son discriminatorios, si la causa no está acreditada o si el proceso tiene defectos formales graves.

Plazo: 20 días hábiles desde el despido

Reclamar una indemnización mayor

La ley fija un mínimo de 20 días/año, con tope de 12 mensualidades. Conviene comprobar que la antigüedad y el salario regulador son los correctos. Si el despido se declara improcedente, la indemnización sube.

Antes de aceptar la propuesta

Prestación por desempleo completa

En un ERTE cobras el 70% de tu base reguladora desde el primer día, aunque no hayas cotizado el período mínimo, y sin que se gaste el paro que tienes acumulado para el futuro.

Durante todo el período del ERTE

Reincorporarte tras el ERTE

Al finalizar el ERTE recuperas tu puesto con las mismas condiciones: salario, jornada, categoría y antigüedad. Si al volver te proponen "renegociar" condiciones, eso es impugnable.

Al finalizar el período de ERTE

Protección frente al despido durante el ERTE

Mientras dure el ERTE, la empresa no puede despedirte por las mismas causas que lo motivaron, ni hacer horas extraordinarias o nuevas contrataciones para cubrir tu trabajo.

Durante el período de protección

Defensa si estás de baja médica

Que estés en incapacidad temporal no significa que la empresa pueda incluirte automáticamente en el ERE. Si el criterio te afecta por tu estado de salud, puede ser discriminación indirecta.

Análisis caso por caso — consulta

Plazo crítico

El plazo de caducidad que no puedes dejar vencer

El art. 59.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que la acción para impugnar el despido caduca a los 20 días hábiles desde la fecha del despido o desde que el trabajador tenga conocimiento del mismo.

Este plazo no se interrumpe salvo por la presentación de la papeleta de conciliación ante el SMAC. Si el plazo vence sin haber actuado, el despido queda firme con carácter definitivo.

No esperes a que "se aclare la situación". Cada día que pasa es un día menos para defender tus derechos.

Consultar mi situación ahora
Tu plazo para actuar
20 días hábiles
desde la comunicación individual del despido para impugnar el ERE ante los juzgados de lo social.
Art. 59.3 ET · Art. 124 LRJS
También tienes plazo para:
Reclamar diferencias de indemnización
Impugnar criterios discriminatorios
Solicitar reconocimiento de prestación SEPE
Exigir reincorporación tras ERTE

Indemnización

¿La indemnización que te ofrecen es la correcta?

Cómo se calcula

El importe que la empresa tiene la obligación de abonarte depende de varios factores que conviene verificar antes de aceptar cualquier propuesta.

Fórmula legal mínima (art. 51.4 ET)
20 días de salario × años de servicio
Con un límite máximo de 12 mensualidades

Si el despido se declara improcedente, la indemnización sube a 33 días por año (tope 24 mensualidades), y el tramo anterior al 12/02/2012 se calcula a 45 días/año. Si se declara nulo, procede la readmisión con abono de los salarios dejados de percibir.

Verificar mi indemnización

ERE legal — Contrato post 2012

Caso estándar

Trabajador con 8 años de antigüedad, salario de 30.000€/año. Contrato firmado en 2016. Sin mejoras pactadas.

13.333€ (20 días × 8 años)

Despido improcedente — régimen dual

Cálculo mejorado

Trabajador con 22 años de antigüedad, salario de 35.000€/año, contrato anterior al 12/02/2012, despido improcedente.

Atención: los años anteriores a 2012 se calculan a 45 días/año, con tope global de 720 días. El error en este cálculo es muy frecuente.

70.000€ frente a 42.778€ si se liquida a 20 días/año

ERE declarado nulo por discriminación

Nulidad

Trabajadora con reducción de jornada por cuidado de hijo incluida en ERE por "disponibilidad horaria".

Readmisión obligatoria + salarios de tramitación + posible indemnización por daños

Causas de nulidad

¿Cuándo puedes impugnar el ERE?

Un ERE puede ser impugnado aunque el sindicato lo haya firmado. Estos son los motivos más frecuentes por los que los tribunales declaran la nulidad de los despidos colectivos.

Criterios de selección discriminatorios

Si los criterios afectan desproporcionadamente a personas con reducción de jornada, embarazadas, de baja médica o con representación sindical, pueden ser discriminatorios.

Art. 14 CE · STS 26/03/2019

Causa económica o técnica no acreditada

Si la memoria económica es genérica, no demuestra la correlación con las extinciones, o las causas no son reales, el ERE puede ser declarado nulo.

Art. 51.1 ET · STS 20/03/2018

Período de consultas fraudulento

Si la empresa celebró reuniones puramente formales, sin voluntad negociadora real, el período de consultas puede considerarse vaciado de contenido.

Art. 124.2 LRJS · STS 18/07/2014

Defectos formales en la documentación

La omisión de cualquier documento obligatorio del RD 1483/2012 puede generar la nulidad formal del proceso completo.

RD 1483/2012 · Art. 124.2 LRJS

Vulneración de derechos fundamentales

Si el ERE afecta a trabajadores con actividad sindical o de derechos fundamentales, y la empresa no demuestra la objetividad de los criterios, puede ser nulo.

Art. 14 CE · Art. 28 CE

Fraude de ley: eludir los umbrales

Si la empresa fracciona las extinciones en períodos sucesivos para no alcanzar los umbrales del art. 51 ET, se considera fraude de ley.

Art. 51.1 ET · Doctrina TS

Si estás en ERTE

Tu ERTE, en cifras y derechos concretos

Un ERTE no es un limbo: es una suspensión regulada con derechos muy precisos. Esto es exactamente lo que significa para ti.

Cobras el 70% de tu base reguladora

Desde el primer día y durante todo el ERTE, sin el recorte por meses del paro ordinario, y sin necesidad de haber cotizado el período mínimo exigido.

Tu paro acumulado no se gasta

La prestación que cobras durante el ERTE no consume el desempleo que tienes generado. Si más adelante te despiden, tu contador de paro sigue intacto.

Sigues de alta y generando antigüedad

Tu contrato está suspendido, no extinguido: la empresa mantiene tu alta en la Seguridad Social y tu antigüedad sigue computando.

La empresa tiene prohibiciones estrictas

No puede pedirte que trabajes durante la suspensión, ni cubrir tu trabajo con horas extraordinarias o nuevas contrataciones, salvo excepciones tasadas.

Suspensión o reducción: comprueba cuál te aplican

Suspensión total: no trabajas y cobras la prestación por la jornada completa. Reducción de jornada: entre el 10% y el 70% — trabajas la parte restante y cobras prestación solo por la parte reducida. Verifica que el porcentaje coincide con lo comunicado al SEPE.

Empresa en concurso de acreedores

¿Tu empresa está en concurso? Tus derechos no desaparecen

Cuando la empresa es declarada en concurso, el ERE o ERTE lo autoriza el juez del concurso mediante auto (art. 169 TRLC), tras un período de consultas con tus representantes.

Esto no reduce tus derechos: la indemnización mínima es la misma, puedes recurrir el auto en suplicación, y si tu inclusión fue discriminatoria la nulidad individual sigue disponible.

Lo que cambia es cómo y cuándo cobras: tus créditos se califican dentro del concurso. No firmes ningún documento sin revisarlo.

Revisar mi situación en el concurso
Tu red de seguridad en el concurso

FOGASA responde si la empresa no paga. Cubre indemnizaciones y salarios pendientes dentro de los límites del art. 33 ET. Plazo de solicitud: 1 año.

Tus últimos 30 días de salario cobran primero. Son créditos contra la masa (hasta el doble del SMI): se pagan con preferencia.

El resto tiene privilegio general. Salarios e indemnizaciones gozan de privilegio frente a otros acreedores.

Puedes recurrir. Frente al auto del juez del concurso cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social.

Casos reales

Situaciones como la tuya que terminaron bien

Ejemplos representativos de casos gestionados por DAVAST. Nombres y datos modificados por confidencialidad.

Caso 01 · Discriminación en criterios ERE

Trabajadora embarazada incluida en ERE por criterio de "disponibilidad horaria"

Situación

Técnica de laboratorio, 7 años de antigüedad, en tercer trimestre de embarazo. Incluida en ERE por criterio de "disponibilidad horaria y flexibilidad para turno".

Actuación DAVAST

Demanda de impugnación individual + medida cautelar de suspensión de la extinción.

Acuerdo extrajudicial: 42.000€ frente a los 18.000€ ofrecidos inicialmente.

Caso 02 · Indemnización mal calculada

22 años de antigüedad con contrato anterior a 2012 — casi 24.000€ de diferencia

Situación

Operario de mantenimiento, 22 años de antigüedad, contrato de 2002. La empresa ofreció 20 días/año: 37.400€.

Actuación DAVAST

Requerimiento extrajudicial con cálculo detallado y advertencia de impugnación.

La empresa abonó la diferencia (23.800€) en 9 días, sin procedimiento judicial.

Caso 03 · Despido durante ERTE

Administrativo despedido por las mismas causas ETOP que motivaron el ERTE

Situación

Administrativo, 11 años de antigüedad. 4 meses en ERTE cuando recibió carta de despido con las mismas causas.

Actuación DAVAST

Papeleta de conciliación y demanda de despido improcedente (art. 56 ET).

Indemnización por improcedente (30.250€) + 3 mensualidades. Sin sentencia.

Cómo te defendemos

De la consulta a la resolución

Sabemos que enfrentarte a tu empresa es una decisión difícil. Por eso hacemos que sea lo más sencillo posible para ti.

1

Consulta gratuita

Un abogado especializado analizará tu caso y te dará una valoración honesta. Sin coste. Sin compromiso.

48h
2

Revisión documental

Analizamos la carta de despido, la memoria económica, el convenio colectivo y toda la documentación relevante.

Carta, contrato, nóminas
3

Propuesta y honorarios

Te explicamos qué vamos a hacer y en qué condiciones. En muchos casos trabajamos a resultado.

Transparencia total
4

Actuación preprocesal

Una reclamación bien argumentada ante la empresa obtiene a menudo resultados sin necesidad de litigar.

Semanas 1-4
5

Litigación si es necesaria

Si la vía extrajudicial no prospera, presentamos la demanda y te representamos en el proceso judicial.

Hasta sentencia

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan los trabajadores

¿Puedo impugnar el ERE aunque el sindicato haya firmado el acuerdo?

Sí. El acuerdo alcanzado con los representantes de los trabajadores no impide la impugnación individual de tu despido. Puedes alegar discriminación en los criterios de selección, falta de causa real o defectos del proceso. El plazo es de 20 días hábiles desde la comunicación de tu despido individual.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar desde que me comunican el despido?

Tienes 20 días hábiles desde la recepción de tu carta de despido individual. Este plazo es de caducidad: si vence, el despido queda firme. La única forma de suspenderlo es presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC. No esperes.

¿Cómo sé si la indemnización que me ofrecen es correcta?

En un ERE ajustado a derecho la indemnización es de 20 días de salario por año, con tope de 12 mensualidades. Lo que puede elevarla es el acuerdo del periodo de consultas o un error en tu antigüedad o salario regulador. En DAVAST lo verificamos sin coste.

¿Qué pasa si estoy de baja médica cuando me incluyen en el ERE?

La incapacidad temporal no impide automáticamente tu inclusión en un ERE, pero si el criterio incide de forma desproporcionada en personas con problemas de salud, puede constituir discriminación indirecta. Consulta antes de aceptar nada.

¿Qué derechos tengo durante el ERTE?

Derecho a la prestación por desempleo aunque no hayas cotizado el tiempo mínimo. Tu contrato está suspendido, no extinguido. Tienes derecho a que te mantengan en alta. La empresa no puede pedirte que trabajes. Y al finalizar, te reincorporas en las mismas condiciones.

¿Puede la empresa despedirme mientras estoy en ERTE?

Puede, pero con limitaciones. Si el despido invoca las mismas causas del ERTE, el Tribunal Supremo lo considera improcedente. Si hay indicios de represalia, puede ser nulo. Si recibes carta durante el ERTE, consulta inmediatamente: tienes 20 días hábiles.

¿Puedo firmar el finiquito y luego reclamar?

Depende de lo que firmes. La regla práctica es: no firmes nada sin haberlo consultado antes con un abogado. La consulta es gratuita; el error puede ser irreversible.

¿Cuánto me costará contratar a DAVAST?

La primera consulta es siempre gratuita. En muchos casos trabajamos total o parcialmente a resultado. Te explicaremos las condiciones exactas antes de comprometerte a nada.

¿Qué documentos necesito para la primera consulta?

Con tres documentos es suficiente: la carta de despido o comunicación del ERTE, una nómina reciente y tu contrato de trabajo. No retrases la consulta por falta de documentación.

¿Y si la empresa tiene poca liquidez o está en concurso?

FOGASA cubre indemnizaciones y salarios pendientes dentro de los límites del art. 33 ET. Tus salarios de los últimos 30 días son créditos contra la masa y el resto goza de privilegio general. Consúltanos.

¿Quién decide mi despido si la empresa está en concurso?

El juez del concurso, no la Autoridad Laboral. Se abre un período de consultas y el juez resuelve mediante auto (art. 169 TRLC), recurrible en suplicación. Tus derechos de impugnación individual se mantienen.

¿Estar en ERTE afecta a mi futura indemnización o a mi paro?

No debería: tu antigüedad sigue computando y el paro que cobras durante el ERTE no consume el acumulado. Cuidado: en reducciones de jornada, verifica que la indemnización posterior se calcula sobre tu jornada completa original.

Necesitas asesoramiento

Cuéntanos tu situación. Te respondemos en menos de 24 horas.

Contactar ahora